VALORES INSTITUCIONALES

ANTECEDENTES INSTITUCIONALES

En el siglo XIX a la finalización del proceso de la Guerra por la Independencia de la Construcción de un Estado Soberano y de libre determinación y existencia, luego de las dos batallas definitivas que sucumbieron y derrotaron a la presencia militar y colonial del Reino  de España, sobre todo para los países alto peruanos en Ayacucho y Campos de Junín: por decisión del Mariscal Antonio José de Sucre a su arribo a Alto Perú, hoy Bolivia, se dictó el decreto histórico del 9 de febrero de 1825 por el que se convocaba a los representantes de las cinco provincias designar “ Diputados para reunirse en Oruro y crear las bases de Conformación del Nuevo Estado Independiente, hecho que por razones diversas se trasladó a la ciudad de La Plata, Chuquisaca Ciudad Heroica, en la que funcionó la primera Asamblea Deliberante creando el nuevo Estado Boliviano denominado Bolívar en primera instancia y Bolivia en honor a su libertador”.

Esta fue la primera experiencia de organización de la Sociedad Alto Peruana naciente y base esencial para la construcción de la República de Bolivia,  esta primera organización representativa de la Sociedad desembocó en lo que llegaría a ser el Congreso Constituyente y la Asamblea Legislativa Nacional.

Posteriormente siempre en la misma línea, emanadas otras normas desde el Congreso Nacional, Poder Legislativo Nacional, se adoptaron nuevas formas de participación de la sociedad civil creando los Consejos Departamentales para acompañar las administraciones de los Prefectos Departamentales y finalmente tras la última Asamblea Constituyente inaugurada en 2006 que crea las nuevas bases del Estado Plurinacional de Bolivia, en los títulos y capítulos correspondientes de la Nueva Constitución Política del Estado  emanada de ella dictamina la creación de las Autonomías Departamentales y con ellas los “Órganos Legislativos, Deliberativos y Fiscalizadores de los Gobiernos Autónomos Departamentales” normados por otra ley Expresa Ley Nº 031 de 19 de julio de 2010 “ Andrés Ibáñez” o Ley Marco de “Autonomías y Descentralización”

Orientado hacia una profunda democratización del poder político que describe la centralización caracterizadora del anterior modelo Estado.

En este sentido en el Referendo del 06 de diciembre de 2009, los Chuquisaqueños votamos mayoritariamente por el SI al régimen de la Autonomía Departamental con votación favorable del 79%  y el 04 de abril de 2010 elegimos de manera democrática a nuestras autoridades que pasan a conformar los Órganos Legislativo y Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Chuquisaca, con Facultades Legislativa, Deliberativa, Fiscalizadora  y Ejecutiva, además de la administración directa de los recursos asignados por el Estado Plurinacional de Bolivia, habiendo sido posesionados el 02 de junio de 2010, veintiún Asambleístas titulares con sus respetivos suplentes.

La Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca es la máxima instancia política del Gobierno Autónomo Departamental Chuquisaca, en cuya condición representa al conjunto de habitantes, a la población urbana, rural y pueblos indígena originario campesino, que en su totalidad constituyen la población de Chuquisaca.

En julio de 2010 se constituye la Directiva y las 7 Comisiones Permanentes de la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca, aumentando de acuerdo a su Reglamento General aprobado mediante Resolución Nº 001/2012 de 01 de febrero de 2012, la Comisión de Hidrocarburos, Energía y Minería, por lo que actualmente la Asamblea Legislativa Departamental de Chuquisaca está conformada por 8 Comisiones Permanentes que en Coordinación con la Directiva, bajo el lineamiento de “Vivir Bien” y los principios que rigen el Régimen Autonómico, cumplen desde el 2010 a la fecha su rol Legislador, Fiscalizador y Deliberador a favor de los intereses del Departamento.

 

La asamblea legislativa departamental tiene como valor institucional Garantizar como instancia del Estado la vigencia plena de los derechos de la población, desarrollar normativa necesaria suficiente para su ejercicio, fiscalizando el uso de los recursos públicos departamentales con transparencia y participación social.

 

Con los objetivos claros de:

  1. a) Desarrollar la legislación departamental y políticas públicas en: desarrollo productivo, obras públicas, desarrollo humano y social, planificación, economía y finanzas, recursos naturales y medio ambiente.

 

  1. b) Fiscalizar los planes, programas y proyectos en los que se utilicen recursos públicos que garanticen el uso adecuado de los mismos, el logro de los objetivos propuestos para beneficio de la población de la jurisdicción departamental.

 

Nuestra VISIÓN

Chuquisaca, Departamento Autónomo articulado territorialmente con cobertura total de servicios, integrada, generadora de una sociedad  incluyente y equitativa producto de su economía plural y de su desarrollo industrial y tecnológico en armonía con la madre tierra, con su institucionalidad consolidada en la nueva organización territorial, en el marco de la unidad del Estado Plurinacional de Bolivia para “Vivir Bien”.

 Nuestra MISIÓN

Consolidar el proceso autonómico del Departamento, a través del ejercicio de las facultades de fiscalización, legislación y deliberación; creando las condiciones para la participación de la sociedad sus instituciones y organizaciones para favorecer el desarrollo integral y sostenible del Departamento.